En breve: sí, conviene presentar, pero el caso debe prepararse con mucho cuidado. La regla de un año bajo INA §208(a)(2)(B) existe, pero el mismo estatuto contempla dos excepciones: "changed circumstances" y "extraordinary circumstances".
Leer respuesta →Sobre el abogado
Especialización: asilo político, defensa contra la deportación, crimmigration (consecuencias migratorias de casos penales), inmigración familiar, visas de trabajo y programa de inversionistas EB-5.
Licenciado en Nueva York y Nueva Jersey, ejerce en todo el territorio de EE.UU. Maneja casos en las cortes de inmigración de NY, NJ, CT, FL, TX, CA y otros 9 estados, así como ante el BIA y el Segundo Circuito.
Habla con fluidez ruso e inglés — esencial para clientes rusoparlantes: la presentación de documentos y audiencias se realizan en inglés, pero la discusión de estrategia y recopilación de hechos transcurren en el idioma nativo sin pérdida de matices. Más información: fishkinfirm.com, Avvo, LinkedIn.
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Inglés · Ruso · Español
Especialización
Coincido con la colega en plazos y formulario. Un detalle práctico: USCIS suele incumplir el plazo de 30 días para emitir el EAD. Si presentó I-765 (c)(8) y a los 30 días tras el día 150 sigue sin EAD, presente service request — y si no responde, mandamus en corte federal funciona.
Leer respuesta →A la lista de Anna añado un punto estratégico: si apunta a la green card en mediano plazo, evalúe su perfil para EB-1A y EB-2 NIW ahora. Ambas son independientes del empleador y sin lotería, pero requieren meses de preparación (cartas, artículos, patentes, charlas).
Leer respuesta →Desafortunadamente, la regla de 3 años bajo INA §319(a) requiere convivencia marital con el cónyuge ciudadano por tres años continuos antes de presentar N-400 Y al momento de presentar. El divorcio antes de presentar lo saca automáticamente de esta categoría — sin importar que el matrimonio durara 2.5 años.
Leer respuesta →Confirmo el análisis de Anna sobre la excepción H-1B (Matter of L-K-, AC21 §106(c)). Dos detalles que tropiezan a la gente en la frontera:
Leer respuesta →Pregunta razonable — y sí, en la mayoría de casos presentar I-589 en paralelo tiene sentido, sobre todo con incertidumbre del TPS. TPS y asilo son estatus independientes; tener uno no bloquea el otro.
Leer respuesta →Apoyo totalmente la respuesta de David. Un punto clave de derechos: tiene derecho a abogado en cualquier entrevista USCIS — es un derecho, no cortesía. También tiene derecho a intérprete (puede ser propio, pero debe ser neutral — no familiar, empleador o cónyuge).
Leer respuesta →Conclusión estratégica: en 4 años acumuló presencia ilegal seria, y cualquier salida sin waiver es barra automática de 10 años. Principio uno: NO salga por impulso.
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