Cómo obtener EAD con asilo pendiente en EE.UU.
Aprende cómo solicitar el permiso de trabajo (EAD) mientras tu caso de asilo está pendiente. Requisitos, formularios y pasos explicados en español.

Puedes solicitar un permiso de trabajo (EAD) mientras tu solicitud de asilo está pendiente ante USCIS. Debes esperar 180 días —contados desde la fecha en que USCIS recibió tu I-589 completa— antes de presentar el formulario I-765. La categoría elegible es (c)(8). Consulta los requisitos actuales en el sitio oficial de USCIS.
Respuesta breve
Sí, es posible obtener un EAD con asilo pendiente. La ley federal permite a los solicitantes de asilo solicitar autorización de empleo después de que transcurran 180 días desde la presentación de una I-589 completa y admisible. Este periodo se denomina el "asylum EAD clock" (reloj de asilo). Si el solicitante causó demoras, los días correspondientes no cuentan.
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Condiciones y elegibilidad
- Tu solicitud de asilo I-589 debe haber sido presentada y aceptada como completa por USCIS o el Tribunal de Inmigración (EOIR).
- Debes haber esperado 180 días calendario desde la fecha de presentación, sin que la demora sea imputable a ti.
- No puedes haber renunciado a tu solicitud de asilo ni haber recibido una decisión final negativa.
- No aplica si estás en ускоренная депортация — es decir, en proceso de deportación expedita sin audiencia plena.
- Debes seleccionar la categoría (c)(8) en el formulario I-765.
El abogado de inmigración Ilya Fishkin, abogado de inmigración cuenta con experiencia en casos de asilo y puede orientarte sobre si tu situación cumple los requisitos para solicitar el EAD.
Pasos para solicitar el EAD con asilo pendiente
- Verifica tu "asylum clock": Confirma que han transcurrido 180 días desde que USCIS o el tribunal recibió tu I-589 sin demoras causadas por ti. Puedes solicitar información sobre el conteo al tribunal o a tu abogado.
- Reúne los documentos necesarios: Copia de la I-589 presentada con sello de recibo, copia de tu documento de identidad o pasaporte, dos fotos de pasaporte tamaño USCIS, y evidencia de la fecha de presentación.
- Completa el formulario I-765: Descarga la versión más reciente desde USCIS.gov. Selecciona la categoría elegible (c)(8) y completa todos los campos requeridos.
- Incluye la Parte 2, Pregunta 27: Escribe la fecha en que presentaste la I-589 y el número de recibo (si lo tienes).
- Presenta la solicitud: La I-765 bajo la categoría (c)(8) no tiene costo de presentación (tarifa de $0 según las reglas vigentes para solicitantes de asilo pendiente). Envíala al centro de servicio de USCIS indicado en las instrucciones del formulario.
- Espera la biometría y la decisión: USCIS puede citar a una cita de biometría. El tiempo de procesamiento varía; consulta los tiempos actuales en uscis.gov/es.
Qué dice la ley
El derecho a solicitar el EAD con asilo pendiente está establecido en el 8 CFR § 208.7, que regula la autorización de empleo para solicitantes de asilo. La Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA § 208) establece el marco general del proceso de asilo. El periodo de 180 días es un requisito estatutario que no puede reducirse por discreción del oficial.
Es fundamental que no causes demoras voluntarias en tu caso de asilo (como posponer audiencias sin causa justificada), ya que esos días se restan del conteo de 180 días.
Este material es solo para fines informativos y no constituye asesoría legal
Preguntas frecuentes
how long do i have to wait to apply for ead after filing asylum
Debes esperar 180 días calendario desde que USCIS o el Tribunal de Inmigración recibió tu I-589 como completa y admisible. Este periodo se llama 'asylum EAD clock'. Si causaste demoras en el proceso, esos días no cuentan hacia los 180.
cuánto cuesta el EAD para solicitantes de asilo pendiente
La solicitud I-765 bajo la categoría (c)(8) —para solicitantes de asilo pendiente— no tiene costo de presentación. La tarifa es de $0 para este grupo específico. Verifica la información más actualizada en uscis.gov antes de presentar.
can i work while my asylum case is pending
No puedes trabajar legalmente solo porque tienes una solicitud de asilo pendiente. Debes obtener primero el EAD (formulario I-765, categoría (c)(8)) después de cumplir los 180 días de espera. Trabajar sin EAD puede afectar negativamente tu caso de asilo.
qué pasa con mi EAD si niegan mi asilo
Si USCIS niega tu asilo y el caso pasa al Tribunal de Inmigración, tu EAD puede ser renovable mientras el proceso continúe pendiente. Si recibes una decisión final negativa y ya no hay recursos pendientes, el EAD deja de ser válido. Consulta con un abogado de inmigración para entender tus opciones.