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EAD con asilo pendiente: cómo obtenerlo

Aprende cómo solicitar el permiso de trabajo (EAD) mientras tu caso de asilo está pendiente: formularios, requisitos y pasos detallados.

Hoy·3 min de lectura
EAD con asilo pendiente: cómo obtenerlo

Sí, puedes trabajar legalmente en EE. UU. mientras tu solicitud de asilo está pendiente. Debes esperar 180 días desde que USCIS recibió tu formulario I-589, luego presentar el formulario I-765 con la categoría (c)(8). La solicitud de EAD por asilo pendiente no tiene costo. Consulta los requisitos actuales en el sitio oficial de USCIS.

¿Qué es el EAD por asilo pendiente y quién puede solicitarlo?

El Employment Authorization Document (EAD) es el documento oficial que te permite trabajar legalmente en Estados Unidos. Cuando tienes un caso de asilo pendiente ante USCIS o ante un juez de inmigración (Immigration Court), tienes derecho a solicitar este permiso bajo la categoría (c)(8), regulada por 8 CFR §274a.12(c)(8).

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Pueden solicitarlo quienes:

  • Presentaron el formulario I-589 ante USCIS y han esperado al menos 180 días desde la fecha de recepción (el llamado "asylum clock").
  • Tienen un caso de asilo pendiente ante la Corte de Inmigración (Immigration Court), siempre que el reloj de asilo no haya sido detenido.
  • No tienen una solicitud de asilo definitivamente negada.

El abogado de inmigración Ilya Fishkin, abogado de inmigración tiene amplia experiencia asesorando a solicitantes de asilo en este proceso.

Condiciones clave: el "asylum clock" de 180 días

La ley establece un período de espera obligatorio. Según INA §208(d)(2), no puedes recibir un EAD por asilo pendiente hasta que hayan transcurrido 180 días desde la fecha en que USCIS recibió tu I-589. Este período se conoce como el "asylum clock" (reloj de asilo).

Importante: el reloj puede detenerse ("tolled") si causas retrasos en tu caso, como no asistir a audiencias o pedir aplazamientos innecesarios. Si el reloj se detiene, los días no cuentan hacia los 180. Verifica el estado de tu reloj de asilo en USCIS.

Pasos para solicitar el EAD con asilo pendiente

  1. Confirma que han pasado 180 días desde la fecha de recepción de tu I-589 (revisa el aviso de recibo de USCIS).
  2. Completa el formulario I-765 (Application for Employment Authorization). En la casilla de categoría escribe (c)(8).
  3. Reúne los documentos de apoyo: copia del aviso de recibo del I-589 (Form I-589 receipt notice), copia de cualquier EAD anterior si aplica, y dos fotos tipo pasaporte.
  4. No pagues ninguna tarifa: la solicitud de EAD bajo la categoría (c)(8) no requiere pago. Confirma este dato en uscis.gov/feecalculator antes de enviar.
  5. Envía el paquete al centro de servicio de USCIS que corresponda según las instrucciones actuales del formulario I-765 (las direcciones pueden cambiar; verifícalas en uscis.gov).
  6. Espera la respuesta y guarda tu recibo: USCIS enviará un aviso de recibo del I-765. Una vez aprobado, recibirás tu EAD por correo.

¿Qué dice la ley?

El derecho a solicitar autorización de empleo mientras el asilo está pendiente se encuentra en:

  • INA §208(d)(2) — establece el período de 180 días de espera antes de poder solicitar el EAD.
  • 8 CFR §274a.12(c)(8) — define la categoría de elegibilidad para el EAD por asilo pendiente.
  • 8 CFR §208.7 — regula el proceso de solicitud y los plazos estatutarios.

Para información oficial y actualizada, consulta USCIS.gov.

Este material es solo para fines informativos y no constituye asesoría legal

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Preguntas frecuentes

asylum EAD how long does it take to get approved

El tiempo de procesamiento del EAD (c)(8) varía y USCIS lo actualiza periódicamente. Consulta los tiempos actuales en uscis.gov/es/tiempos-de-procesamiento antes de presentar tu solicitud.

can I work while waiting for asylum decision without EAD

No. Debes tener el EAD aprobado físicamente en mano antes de comenzar a trabajar. Trabajar sin autorización puede afectar negativamente tu caso de asilo y tu estatus migratorio.

asylum clock stopped how to restart it

Si el reloj de asilo fue detenido ('tolled'), debes solicitar a USCIS o al juez de inmigración que lo reinicie, demostrando que el retraso no fue causado por ti. Presentar el formulario EOIR-26 ante la Corte o una carta explicativa ante USCIS puede ser necesario. Se recomienda consultar con un abogado de inmigración.

I-765 category (c)(8) denied what to do

Si tu I-765 (c)(8) fue negado, revisa la carta de negación para identificar el motivo (por ejemplo, reloj detenido o documentación incompleta). Puedes volver a presentar la solicitud corrigiendo el error o consultar con un abogado de inmigración para evaluar otras opciones.

Sección:Asilo
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