Visa U, Visa T y VAWA: protección para víctimas
¿Eres víctima de crimen o violencia doméstica? Conoce los requisitos y cómo solicitar la Visa U, Visa T o protección VAWA en EE. UU.

Los inmigrantes víctimas de crímenes, trata de personas o violencia doméstica pueden solicitar protección migratoria en EE. UU. a través de la Visa U, la Visa T o VAWA, incluso si están en proceso de deportación. Cada programa tiene requisitos distintos, pero todos ofrecen amparo legal sin importar el estatus migratorio actual. Consulte los detalles actualizados en el sitio oficial de USCIS.
Respuesta breve
Las víctimas de ciertos crímenes pueden solicitar la Visa U, la Visa T o protección bajo VAWA para obtener estatus legal en EE. UU. y detener o prevenir una deportación. La elegibilidad depende del tipo de crimen sufrido, la cooperación con las autoridades y, en el caso de VAWA, la relación con el abusador. Un abogado de inmigración puede ayudarle a determinar cuál opción aplica a su caso.
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Derechos, apelaciones y medidas de protección
¿Quién es elegible? Condiciones por programa
- Visa U (víctimas de crímenes): Usted debe haber sufrido abuso mental o físico como resultado de alguno de los crímenes calificados listados en INA §101(a)(15)(U) — como violencia doméstica, agresión sexual, secuestro o tráfico humano —, encontrarse en EE. UU. o en el extranjero, poseer información sobre el crimen y haber cooperado o estar dispuesto a cooperar con las autoridades. Requiere una certificación firmada por un funcionario de orden público (formulario I-918B).
- Visa T (víctimas de trata de personas): Usted debe ser víctima de una forma grave de tráfico de personas según la Ley Victims of Trafficking and Violence Protection Act (TVPA), estar en EE. UU. como resultado de ese tráfico, cumplir con las solicitudes razonables de asistencia a la ley, y demostrar que sufriría daño grave o extremo si fuera deportado. Se solicita mediante el formulario I-914.
- VAWA (Violence Against Women Act): Permite que víctimas de violencia doméstica —cónyuge, hijo o padre— de un ciudadano estadounidense o residente permanente legal peticionen de forma independiente sin necesidad de que el abusador lo sepa. Se solicita mediante el formulario I-360. VAWA aplica a hombres y mujeres por igual.
Pasos para solicitar protección
- Identifique el programa correcto: Evalúe si el crimen sufrido califica para Visa U, Visa T o VAWA. Consulte a Ilya Fishkin, abogado de inmigración para analizar su situación específica.
- Reúna la documentación: Informes policiales, registros médicos, declaraciones de testigos, órdenes de protección y cualquier prueba del abuso o crimen sufrido.
- Obtenga la certificación de ley (solo Visa U): Solicite que la agencia policial o fiscal llene y firme el formulario I-918B que certifica su cooperación con la investigación.
- Complete el formulario correspondiente: I-918 para la Visa U, I-914 para la Visa T, o I-360 para VAWA. Incluya todos los documentos de apoyo requeridos.
- Presente la solicitud ante USCIS: Envíe el paquete completo a la dirección correcta indicada en las instrucciones del formulario. Verifique tarifas actuales en USCIS.
- Solicite una medida de aplazamiento si está en deportación: Si tiene un proceso de deportación activo, puede pedir a USCIS o a ICE una suspensión de la deportación mientras se procesa su petición.
Lo que dice la ley
La Visa U fue creada por la Victims of Trafficking and Violence Protection Act de 2000 y está codificada en INA §101(a)(15)(U) e INA §214(p). La Visa T se ampara en INA §101(a)(15)(T). VAWA, ley reautorizada periódicamente por el Congreso, permite la autopetición bajo INA §204(a)(1)(A)(iii) y secciones relacionadas. Estas disposiciones protegen expresamente a víctimas que cooperen con investigaciones criminales, independientemente de su estatus migratorio.
Es importante saber que presentar una petición bajo cualquiera de estos programas no garantiza automáticamente la suspensión de un proceso de deportación, pero puede ser un argumento sólido ante el tribunal o ante ICE para solicitar una demora. El abogado de inmigración Ilya Fishkin, abogado de inmigración puede orientarle sobre las estrategias más adecuadas según su caso.
Para información oficial y formularios actualizados, visite USCIS.
Este material es solo para fines informativos y no constituye asesoría legal
Preguntas frecuentes
¿Puedo solicitar la Visa U si ya tengo una orden de deportación?
Sí. Tener una orden de deportación no le impide presentar la solicitud de Visa U. Una vez presentada la petición I-918, puede solicitar a ICE una suspensión administrativa de la deportación mientras USCIS la procesa. Sin embargo, esto no es automático y depende de la discreción de las autoridades, por lo que es fundamental contar con representación legal.
¿Cuánto tiempo tarda USCIS en procesar la Visa U?
Los tiempos de procesamiento varían y pueden ser prolongados debido a los límites anuales de visas U disponibles por ley. USCIS mantiene una lista de espera y puede emitir aprobaciones condicionales (bona fide determination) mientras tanto. Consulte los tiempos actuales en uscis.gov.
¿VAWA protege solo a mujeres?
No. A pesar del nombre, la protección VAWA aplica a hombres, mujeres, adultos y menores que hayan sufrido violencia doméstica, agresión sexual o abuso por parte de un familiar ciudadano estadounidense o residente permanente. La autopetición se presenta mediante el formulario I-360.
¿Qué diferencia hay entre la Visa U y la Visa T?
La Visa U está dirigida a víctimas de una amplia variedad de crímenes calificados (violencia doméstica, secuestro, agresión sexual, entre otros) y requiere cooperación con las autoridades. La Visa T es específica para víctimas de trata o tráfico de personas y exige demostrar que se está en EE. UU. como resultado directo del tráfico. Ambas ofrecen estatus temporal y posibilidad de ajuste a residencia permanente.