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CBP amplía zona marítima anticontrabando a 24 millas

CBP duplicó su zona de control marítimo en cuatro regiones clave de EE.UU. el 25 de agosto de 2026. Ahora sus agentes pueden actuar hasta 24 millas náuticas de la costa, el doble de antes. Para quienes cruzan por mar buscando llegar a EE.UU., las consecuencias son inmediatas.

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CBP amplía zona marítima anticontrabando a 24 millas

¿Qué significa para usted que CBP ahora puede actuar el doble de lejos en el mar? La respuesta es directa: si usted o alguien que conoce planea cruzar por agua hacia EE.UU., el riesgo de ser interceptado aumentó de forma significativa.

El 25 de agosto de 2026, la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (U.S. Customs and Border Protection, CBP) anunció la creación de cuatro Áreas de Aplicación Aduanera (Customs Enforcement Areas, CEA) en aguas adyacentes al sur de Florida, el sur de California, Puerto Rico y la costa del Golfo de Texas. Con esta medida, la jurisdicción de CBP se extiende de 12 a 24 millas náuticas desde la costa, alineándose con la zona contigua reconocida por el derecho internacional.

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Según CBP, las organizaciones de contrabando habían aprendido a operar justo fuera del límite de las 12 millas: transferían carga ilícita en alta mar y coordinaban desembarcos en costas remotas. El comisionado Rodney Scott lo dijo sin rodeos: «El océano no es un refugio seguro para los cárteles y los contrabandistas». Las nuevas designaciones se apoyan en las Órdenes Ejecutivas 14165 y 14411, que ordenan al Departamento de Seguridad Nacional (DHS) reforzar el control aduanero y fronterizo.

Dentro de estas cuatro CEA, las operaciones aéreas y marítimas de CBP trabajarán junto a la Guardia Costera de EE.UU. y otros socios federales para detectar e interceptar embarcaciones usadas por cárteles, organizaciones terroristas extranjeras y redes criminales. El objetivo declarado es detener el tráfico de personas, narcóticos y contrabando antes de que lleguen a tierra.

Qué significa esto si usted busca protección

Si usted es solicitante de asilo (asylum seeker) o está pensando en cruzar por mar, esta expansión de jurisdicción implica que CBP puede abordar embarcaciones y detener personas a mayor distancia de la costa. Ser interceptado en el mar puede complicar el acceso a un proceso de asilo formal. Los abogados de inmigración recomiendan explorar vías legales de entrada antes de considerar cualquier cruce marítimo.

  • Si ya está en EE.UU. y tiene una orden de remoción (removal order), consulte con un abogado sobre sus opciones: el plazo para apelar una orden de remoción es de 30 días.
  • Si fue interceptado en el mar y está en proceso de remoción, tiene derecho a solicitar una audiencia ante un juez de inmigración (immigration court hearing).
  • Si busca asilo, presente su solicitud lo antes posible una vez que esté en territorio de EE.UU. o en un puerto de entrada oficial.
  • Contacte a una organización legal de inmigración en su área para entender cómo esta política puede afectar su caso específico.
Consejo del abogado
Илья Фишкин — иммиграционный адвокат
Ilya Fishkin

Abogado de inmigración, 20+ años de experiencia

Fishkin Law Firm, New York

La expansión de las CEA a 24 millas náuticas significa que CBP puede ejercer autoridad aduanera sobre embarcaciones mucho antes de que toquen tierra, lo que reduce la ventana para que una persona en el mar solicite protección. Si alguien fue detenido en estas aguas y teme regresar a su país, debe expresar ese miedo de inmediato a los agentes —eso activa el proceso de evaluación de miedo creíble (credible fear interview). No espere a llegar a tierra para decirlo. Consulte con un abogado de inmigración para entender cómo esta detención afecta sus opciones de asilo.

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Preguntas frecuentes

¿Qué es una Área de Aplicación Aduanera (CEA) y cómo me afecta?

Es una zona marítima donde CBP tiene autoridad ampliada para abordar embarcaciones y aplicar leyes aduaneras. Ahora cubre hasta 24 millas náuticas desde la costa en el sur de Florida, sur de California, Puerto Rico y la costa del Golfo de Texas. Si usted viaja en una embarcación en esas aguas, puede ser detenido e inspeccionado por agentes de CBP.

Si me interceptan en el mar, ¿puedo pedir asilo?

Sí. Si teme regresar a su país, debe expresarlo de inmediato a los agentes que lo detienen. Eso puede activar una evaluación de miedo creíble (credible fear interview). Sin embargo, el proceso puede ser más complicado que si usted llega a un puerto de entrada oficial. Consulte con un abogado lo antes posible.

¿Esta medida cambia las reglas para quienes ya están en EE.UU. con un caso de asilo abierto?

No directamente. Esta política afecta principalmente a personas interceptadas en el mar antes de llegar a tierra. Si usted ya tiene un caso de asilo activo en una corte de inmigración, esta medida no modifica su proceso. Siga asistiendo a sus audiencias y mantenga contacto con su abogado.

¿Qué pasa si alguien firma un documento de salida voluntaria sin entender lo que firmó?

La salida voluntaria (voluntary departure) tiene consecuencias legales serias y puede afectar su capacidad de regresar legalmente a EE.UU. en el futuro. Si firmó algo bajo presión o sin entenderlo, consulte con un abogado de inmigración de inmediato para evaluar si hay opciones para revertir esa decisión.

Sección:Política
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