Corte de apelaciones ordena nueva audiencia en caso de deportación
Un juez de inmigración interrumpió el testimonio de Demetrio Urias-Gaxiola en plena audiencia y lo ordenó deportar, basándose en una admisión que su propio abogado había escrito por error. En septiembre de 2026, el Noveno Circuito de Apelaciones le dio la razón: nadie puede ser deportado sin que un juez escuche primero su versión de los hechos. El fallo abre una puerta importante para quienes enfrentan deportación por errores cometidos por sus abogados.

El Noveno Circuito de Apelaciones falló en septiembre de 2026 que la Junta de Apelaciones de Inmigración (Board of Immigration Appeals, BIA) abusó de su discreción al negarle a Demetrio Martín Urias-Gaxiola, ciudadano mexicano, la oportunidad de testificar que una admisión hecha por su abogado en los procedimientos de deportación (removal proceedings) era incorrecta. La decisión, escrita por la jueza Marsha S. Berzon, tiene consecuencias directas para cualquier persona que enfrente una orden de deportación basada en una admisión errónea de su propio abogado.
Qué pasó en este caso
En 2018, el abogado de Urias-Gaxiola presentó una respuesta escrita al aviso de comparecencia (Notice to Appear, NTA) admitiendo que su cliente había entrado a EE.UU. sin inspección ni libertad condicional. Meses después, el abogado intentó corregir esa admisión: Urias-Gaxiola afirmaba haber entrado legalmente con una visa de cruce fronterizo (border crossing card). El juez de inmigración rechazó la solicitud de enmienda sin dar explicaciones y, en plena audiencia, interrumpió el testimonio del peticionario cuando este comenzó a describir cómo había cruzado la frontera. La BIA confirmó esa decisión.
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El tribunal de apelaciones revirtió esa parte del fallo. Según el precedente In re Velasquez (BIA, 1986) y Santiago-Rodriguez v. Holder (Noveno Circuito, 2011), una persona no ciudadana puede retirar una admisión hecha por su abogado si demuestra que esa admisión es falsa. El problema, dijo el Noveno Circuito, es que ni el juez ni la BIA le permitieron a Urias-Gaxiola presentar esa prueba. La BIA incluso asumió el rol del juez al concluir, sin escuchar testimonio, que él no podía cumplir con su carga de la prueba. El caso fue devuelto (remanded) para que el juez de inmigración escuche el testimonio en vivo y decida si la admisión original puede retirarse y, de ser así, si Urias-Gaxiola sigue siendo deportable por otra razón.
Qué significa esto para usted
Si su abogado cometió un error factual en sus documentos de corte —por ejemplo, admitió que usted entró sin inspección cuando en realidad entró con visa— usted tiene derecho a intentar corregirlo. Pero debe demostrar que la admisión es falsa, no solo inconveniente. El fallo del Noveno Circuito deja claro que un juez de inmigración no puede negarle esa oportunidad sin antes escuchar su testimonio y revisar la evidencia que usted presente.
- Revise todos los documentos que su abogado presentó en su nombre. Si encuentra una admisión que no refleja los hechos reales, consúltelo de inmediato con un abogado de inmigración.
- Reúna evidencia concreta: visas, tarjetas de cruce fronterizo, sellos de pasaporte, registros de entrada. En el caso Urias-Gaxiola, la border crossing card fue clave.
- Si ya tiene una orden de deportación basada en una admisión incorrecta, pregunte a un abogado si puede presentar una moción para enmendar el pleading (motion to amend) o una moción de remand ante la BIA.
- Actúe con rapidez: los plazos en corte de inmigración son estrictos y perder una fecha puede cerrar opciones legales.
Relacionado: nuestra guía paso a paso — «Apelación ante la BIA».

Fishkin Law Firm, New York
Este fallo confirma que una admisión hecha por un abogado en removal proceedings no es inamovible si el cliente puede demostrar que es factualmente incorrecta. El estándar legal exige evidencia concreta —no solo la palabra del cliente— y el juez de inmigración está obligado a escucharla antes de decidir. Si usted cree que su abogado cometió un error en sus documentos de corte, solicite una consulta con otro abogado de inmigración lo antes posible para evaluar si una moción de enmienda es viable en su caso.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si mi abogado admitió algo incorrecto en mis documentos de corte de inmigración?
Según el Noveno Circuito y el precedente In re Velasquez, usted puede intentar retirar esa admisión si demuestra que es falsa. Necesita evidencia concreta —como una visa, tarjeta de cruce o sello de pasaporte— y debe presentar una moción para enmendar el pleading. El juez de inmigración está obligado a escuchar su testimonio antes de negarla.
¿Puede un juez de inmigración negarme el derecho a testificar sobre cómo entré al país?
No, según este fallo. El Noveno Circuito determinó que el juez cometió un error al interrumpir el testimonio de Urias-Gaxiola y negar su moción sin escuchar evidencia. Si un juez le niega esa oportunidad, eso puede ser base para apelar ante la BIA.
¿Qué es una border crossing card y cuenta como entrada legal?
Una border crossing card es una forma de visa de visitante que permite cruzar la frontera entre México y EE.UU. Entrar con ella puede considerarse una entrada legal con inspección, lo que cambia completamente los cargos de deportación. En el caso Urias-Gaxiola, esa tarjeta fue la evidencia central de su defensa.
¿Este fallo me ayuda si ya tengo una orden de deportación final?
Depende de en qué etapa está su caso. Si aún puede apelar ante la BIA o el tribunal federal, este precedente puede ser relevante. Si la orden ya es final, las opciones son más limitadas, pero existen mecanismos como una moción de reapertura (motion to reopen). Consulte con un abogado de inmigración para evaluar su situación específica.