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Nuevas tarifas de asilo 2026: lo que debes saber

Una nueva regla federal entró en vigor en 2026 y cambia las reglas del juego para miles de personas con solicitudes de asilo pendientes en EE.UU. Si usted tiene una solicitud activa y no paga ciertas tarifas a tiempo, su caso podría ser rechazado y enfrentar un proceso de deportación. Esto es lo que necesita saber ahora mismo.

3 de julio de 2026·2 min de lectura
Nuevas tarifas de asilo 2026: lo que debes saber

¿Qué cambió con la nueva ley y la regla federal de 2026?

La ley conocida como H.R. 1 introdujo nuevas tarifas obligatorias para personas que solicitan asilo (asylum application process) en Estados Unidos. En 2026, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) publicó una regla federal provisional (Interim Final Rule, IFR) que hace oficiales estos cobros. Entre las nuevas tarifas está la Tarifa Anual de Asilo (Annual Asylum Fee, AAF), que se aplica por cada año calendario que una solicitud de asilo permanezca pendiente ante USCIS. Esta tarifa no tiene exención ni reducción posible: la ley prohíbe expresamente cualquier dispensa.

Además de la AAF, la ley establece tarifas para la solicitud inicial de asilo, para el permiso de trabajo (work permit, EAD) inicial de solicitantes de asilo, para personas liberadas bajo palabra (parolees) que piden autorización de empleo, y para quienes tienen Estatus de Protección Temporal (Temporary Protected Status, TPS) y renuevan su permiso de trabajo. También hay una tarifa para quienes solicitan el estatus de Inmigrante Juvenil Especial (Special Immigrant Juvenile, SIJ). En todos estos casos, la ley no permite exenciones de tarifa.

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Un tribunal federal en Maryland había bloqueado temporalmente la implementación de la AAF en octubre de 2025, pero ese bloqueo fue levantado el 2 de febrero de 2026. A partir de ese momento, USCIS retomó el proceso de enviar notificaciones a solicitantes que no han pagado. Según la regla, si usted recibe una notificación y no paga dentro de los 30 días, su solicitud de asilo pendiente puede ser rechazada y usted podría quedar sujeto a un proceso de remoción (removal proceedings).

¿Qué hacer si tiene una solicitud de asilo activa?

  • Revise su correo postal y electrónico regularmente: USCIS enviará notificaciones sobre pagos pendientes de la AAF. No ignore ninguna carta oficial.
  • Si recibe una notificación de pago, tiene 30 días para pagar. No espere al último momento; los retrasos pueden costarle su caso.
  • Consulte con un abogado de inmigración o una organización legal sin fines de lucro antes de tomar cualquier decisión sobre su solicitud. Las consecuencias de no pagar son graves.
  • Si su solicitud fue rechazada por falta de pago, busque asesoría legal de inmediato para explorar si hay opciones de apelación o reapertura del caso.

Un análisis completo del tema — en nuestra guía «Cómo prepararte para tu entrevista de asilo».

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Ilya Fishkin

Abogado de inmigración, 20+ años de experiencia

Fishkin Law Firm, New York

Desde el punto de vista legal, lo más urgente para cualquier solicitante de asilo con caso pendiente es confirmar si ya recibió —o está por recibir— una notificación de la AAF, porque el plazo de 30 días para pagar corre desde la fecha de esa notificación, no desde la fecha en que usted la lea. La ley no permite exenciones ni reducciones de esta tarifa, así que no hay margen para negociar el monto. Si su solicitud fue rechazada por falta de pago, consulte con un abogado de inmigración lo antes posible para evaluar opciones de reapertura antes de que se emita una orden de remoción.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto es la Tarifa Anual de Asilo (AAF) en 2026?

La AAF se aplica por cada año calendario que su solicitud de asilo permanezca pendiente. La tarifa fue ajustada a $102 en diciembre de 2025. No hay exenciones ni reducciones disponibles bajo la ley actual.

¿Qué pasa si no pago la tarifa dentro de los 30 días?

Si no paga la AAF dentro de los 30 días posteriores a recibir la notificación de USCIS, su solicitud de asilo pendiente puede ser rechazada. Esto puede dejarlo sujeto a un proceso de remoción (deportación).

¿Puedo pedir una exención o reducción de estas tarifas?

No. La ley H.R. 1 prohíbe expresamente cualquier exención, reducción o dispensa de las nuevas tarifas, incluyendo la AAF y la tarifa de solicitud inicial de asilo.

¿Estas tarifas aplican también para el permiso de trabajo (EAD) de solicitantes de asilo?

Sí. La ley establece tarifas separadas para la solicitud inicial de permiso de trabajo (EAD) presentada por solicitantes de asilo, por personas bajo palabra (parolees) y por beneficiarios de TPS que renuevan su autorización de empleo.

Sección:Asilo
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