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Cancelación de deportación negada: qué pruebas necesita

¿Qué pasa si su hijo tiene asma y usted argumenta que no podrá pagar su tratamiento si lo deportan? El Primer Circuito de Apelaciones respondió esa pregunta en septiembre de 2026 con un fallo que afecta a miles de inmigrantes en procedimientos de remoción. La respuesta del tribunal fue clara: decir que cree que no podrá pagar no es suficiente.

1 de septiembre de 2026·2 min de lectura
Cancelación de deportación negada: qué pruebas necesita

Carlos René Espinoza Benítez, ciudadano de El Salvador, entró a Estados Unidos en el año 2000 con visa y se quedó después de que esta venció en 2001. En 2018, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) inició procedimientos de remoción (removal proceedings) en su contra. Espinoza reconoció que era deportable y pidió cancelación de remoción (cancellation of removal), argumentando que su deportación causaría un daño excepcional y extremadamente inusual a sus dos hijos ciudadanos estadounidenses.

El argumento que no funcionó

El argumento central de Espinoza fue que su hijo J.P.E., quien tenía 17 años en 2020, sufre de asma y necesita medicamentos, incluyendo un inhalador. Espinoza testificó que creía que no podría costear esos medicamentos en El Salvador, pero admitió ante el juez que no sabía cuánto costaban allá. Esa admisión fue decisiva. El juez de inmigración (Immigration Judge, IJ) determinó que Espinoza no presentó evidencia concreta sobre el costo o la disponibilidad de los medicamentos para el asma en El Salvador, ni demostró que él y su esposa no podrían pagarlos. El juez también concluyó que el asma del hijo, aunque real, no alcanzaba el nivel de condición médica grave que exige la ley, dado que estaba bajo control y era tratable. La Junta de Apelaciones de Inmigración (Board of Immigration Appeals, BIA) confirmó esa decisión sin emitir una opinión separada.

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En septiembre de 2026, el Primer Circuito de Apelaciones rechazó la petición de Espinoza. El tribunal, con los jueces Rikelman, Lynch y Aframe, explicó que su revisión es limitada: no puede cuestionar los hechos que el juez de inmigración ya estableció, solo puede revisar si el juez aplicó correctamente el estándar legal. Bajo ese estándar, el tribunal encontró que el juez sí consideró toda la evidencia médica, los dos hospitalizaciones del hijo, la distancia al hospital más cercano en El Salvador y las preocupaciones económicas de la familia. El problema fue que esa evidencia, en conjunto, no llegó al nivel de «excepcional y extremadamente inusual» que exige la ley federal.

Qué hacer si está en una situación similar

  • Documente los costos reales: si su argumento es que no podrá pagar un tratamiento médico en su país de origen, consiga evidencia concreta de cuánto cuesta ese tratamiento allá. Cartas de médicos, cotizaciones de farmacias o reportes de organizaciones de salud pueden servir.
  • Demuestre que el tratamiento no está disponible: no basta decir que será difícil conseguirlo. Necesita evidencia de que el medicamento o el especialista no existe o no es accesible en su región específica del país.
  • Reúna evidencia de todos los factores combinados: la ley evalúa el daño en conjunto, no solo la salud. Incluya evidencia sobre situación económica, seguridad, educación de los hijos y lazos con Estados Unidos.
  • Consulte a un abogado de inmigración antes de su audiencia: los estándares de prueba en estos casos son altos y específicos. Un abogado puede identificar qué evidencia le falta antes de que sea demasiado tarde.

Un análisis completo del tema — en nuestra guía «Jurisprudencia de tribunales de inmigración».

Consejo del abogado
Илья Фишкин — иммиграционный адвокат
Ilya Fishkin

Abogado de inmigración, 20+ años de experiencia

Fishkin Law Firm, New York

Este fallo confirma que en casos de cancelación de remoción, la carga de la prueba recae completamente en el solicitante. Si su argumento es médico, necesita declaraciones de médicos, registros hospitalarios detallados y evidencia específica sobre el acceso al tratamiento en el país de origen, no suposiciones. El estándar de 'daño excepcional y extremadamente inusual' es deliberadamente alto, y los tribunales de apelación tienen jurisdicción muy limitada para revisar los hechos que ya estableció el juez de inmigración. Si está en esta situación, consulte con un abogado de inmigración con experiencia en casos de cancelación de remoción antes de su audiencia.

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Preguntas frecuentes

¿Qué es la cancelación de remoción y quién puede pedirla?

La cancelación de remoción (cancellation of removal) es un beneficio que permite a ciertos inmigrantes sin estatus legal evitar la deportación. Para calificar, entre otros requisitos, debe demostrar que su deportación causaría un daño excepcional y extremadamente inusual a un cónyuge, padre o hijo que sea ciudadano estadounidense o residente permanente.

¿Por qué no fue suficiente el argumento del asma en este caso?

El juez de inmigración determinó que Espinoza no presentó evidencia concreta sobre el costo o la disponibilidad de los medicamentos para el asma en El Salvador. Espinoza admitió que no sabía cuánto costaban. Sin esa evidencia específica, el tribunal no pudo concluir que el daño sería excepcional.

¿Puede apelar si el juez de inmigración negó mi caso?

Sí. Primero puede apelar ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA). Si la BIA también niega su caso, puede pedir revisión ante un tribunal federal de apelaciones. Sin embargo, como muestra este fallo, los tribunales federales tienen jurisdicción muy limitada para revisar los hechos del caso.

¿Qué evidencia necesito para demostrar daño excepcional?

Los tribunales evalúan varios factores en conjunto: condiciones médicas de los hijos, situación económica, nivel educativo, lazos con Estados Unidos y condiciones del país de origen. Para condiciones médicas, necesita documentación que demuestre la gravedad de la condición y evidencia concreta de que el tratamiento no está disponible o no es costeable en el país al que sería deportado.

Sección:Jurisprudencia
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