Salida voluntaria incumplida: 10 años sin beneficios migratorios
Incumplir una orden de salida voluntaria bloquea el acceso a la cancelación de deportación y otros beneficios migratorios por 10 años, y presentar una moción para reabrir el caso no cambia eso. La Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) lo confirmó en noviembre de 2026 en el caso Ontiveros-Diaz. La decisión afecta a cualquier inmigrante que tenga o haya tenido un acuerdo de salida voluntaria en sus procedimientos de deportación.

Incumplir un acuerdo de salida voluntaria (voluntary departure) le cierra la puerta a la cancelación de deportación (cancellation of removal) y otros beneficios migratorios durante 10 años. Eso confirmó la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA, por sus siglas en inglés) en noviembre de 2026, en el caso Matter of Daniel Ontiveros-Diaz, Decisión Interina #4272.
Qué pasó en este caso
La BIA había ordenado a Ontiveros-Diaz salir de EE.UU. voluntariamente antes del 3 de junio de 2025. Él no lo hizo. El 17 de junio de 2025 —ya vencido el plazo— presentó una moción para reabrir su caso (motion to reopen) con el argumento de que tenía nueva evidencia para su solicitud de cancelación de deportación. La BIA rechazó ese argumento: presentar una moción para reabrir el caso después de que venció el plazo de salida voluntaria no borra las consecuencias de haberlo incumplido. La ley de inmigración (INA § 240B(d)(1)) es clara: quien no sale dentro del plazo acordado queda inelegible para ciertos beneficios migratorios por 10 años, incluyendo la cancelación de deportación.
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La BIA subrayó una distinción clave: si la moción para reabrir se presenta antes de que venza el plazo de salida voluntaria, eso cancela automáticamente el acuerdo y sus consecuencias. Pero si se presenta después, como ocurrió aquí, la violación ya está consumada y ningún tribunal puede ignorarla. El argumento de Ontiveros-Diaz —que reabrir el caso lo devolvía a un estado anterior, sin orden de deportación— no convenció a la Junta. La conducta que activa la inelegibilidad es el incumplimiento del acuerdo, no el estado del proceso.
La ley sí contempla excepciones. Por ejemplo, víctimas de violencia doméstica que solicitan bajo la Ley VAWA pueden quedar exentas de esta penalidad si la violencia fue una razón central para no salir a tiempo. Pero esas excepciones son limitadas y deben estar expresamente previstas en la ley. La BIA señaló que si el Congreso hubiera querido crear una excepción para quienes reabren su caso, lo habría escrito en la ley.
Qué hacer si tiene una orden de salida voluntaria
- Revise la fecha exacta de su plazo de salida voluntaria. Ese plazo está en la orden del juez de inmigración y no se extiende automáticamente.
- Si quiere presentar una moción para reabrir su caso, hágalo antes de que venza ese plazo. Presentarla a tiempo cancela el acuerdo y evita la penalidad de 10 años.
- Si ya venció el plazo y no salió, consulte con un abogado de inmigración de inmediato para evaluar si aplica alguna excepción legal (como VAWA) o si hay otra vía disponible.
- No asuma que reabrir el caso borra el incumplimiento: este fallo de la BIA confirma que no es así.
Un análisis completo del tema — en nuestra guía «Apelación ante la BIA».

Fishkin Law Firm, New York
Este fallo de la BIA deja muy poco margen: si su cliente no salió dentro del plazo de salida voluntaria, la inelegibilidad de 10 años se activa automáticamente, independientemente de lo que ocurra después en el proceso. La única salida limpia es presentar la moción para reabrir antes de que venza ese plazo, porque eso cancela el acuerdo y sus consecuencias. Si ya pasó la fecha, revise con cuidado si aplica la excepción VAWA u otra prevista expresamente en la ley. Consulte a un abogado de inmigración antes de tomar cualquier decisión.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la salida voluntaria y por qué importa cumplirla?
La salida voluntaria (voluntary departure) es un acuerdo en el que usted acepta salir de EE.UU. por su cuenta antes de una fecha límite, a cambio de que el gobierno no emita una orden formal de deportación. Si no sale a tiempo, la ley le impide solicitar ciertos beneficios migratorios —como la cancelación de deportación— durante 10 años.
¿Puedo presentar una moción para reabrir mi caso si ya venció el plazo de salida voluntaria?
Sí puede presentarla, pero no borrará las consecuencias del incumplimiento. La BIA confirmó en noviembre de 2026 que presentar esa moción después de vencido el plazo no cancela la penalidad de 10 años. La moción solo evita esas consecuencias si se presenta antes de que venza el plazo.
¿Existe alguna excepción a la penalidad de 10 años?
Sí, pero son limitadas. La ley prevé una excepción para víctimas de violencia doméstica que solicitan bajo la Ley VAWA, si la violencia fue una razón central para no salir a tiempo. Fuera de las excepciones expresamente escritas en la ley, no hay margen para que un juez ignore la penalidad.
¿Qué pasa si no salí porque no sabía que tenía una orden de salida voluntaria?
La BIA ha reconocido que si usted, sin culpa propia, no sabía de la orden o estaba físicamente imposibilitado de salir, puede argumentar que el incumplimiento no fue voluntario. Eso requiere presentar evidencia concreta. Consulte con un abogado para evaluar si su situación califica.