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Afgano pierde protección CAT ante el Quinto Circuito

¿Qué pasa si un juez ya reconoció que sufriste persecución, pero aun así te niegan protección contra la tortura? Eso es exactamente lo que le ocurrió a Hayatullah Zahid, un ciudadano afgano cuyo caso llegó hasta el Quinto Circuito de Apelaciones. En octubre de 2026, la corte confirmó que haber sufrido persecución en el pasado no garantiza automáticamente la protección bajo la Convención Contra la Tortura.

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Afgano pierde protección CAT ante el Quinto Circuito

Hayatullah Zahid trabajó para el Ministerio de Educación de Afganistán antes de que los talibanes retomaran el poder en 2021. Después de la toma, funcionarios talibanes lo presionaron para que entregara información sobre estudiantes mujeres y sus familias, algo que hizo durante algunos meses. Más tarde, en septiembre de 2022, participó en una protesta contra el cierre de escuelas para niñas y compartió fotos y videos con contactos fuera del país. Los talibanes lo arrestaron, lo detuvieron siete días, lo golpearon e interrogaron. Su familia logró que lo liberaran. Salió de Afganistán en octubre de 2023 y entró a Estados Unidos en febrero de 2024.

Por qué la corte negó la protección CAT

El juez de inmigración (IJ) reconoció que Zahid sufrió persecución pasada por su opinión política sobre la educación de las niñas. Sin embargo, también determinó que Zahid había dado apoyo material a una organización terrorista de Nivel I —los talibanes— al proporcionar información sobre estudiantes, lo que lo dejó sin derecho a asilo ni a suspensión de remoción (withholding of removal). La única vía que le quedaba era la protección bajo la Convención Contra la Tortura (Convention Against Torture, CAT).

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Para obtener protección CAT, una persona debe demostrar que es más probable que no que sea torturada si regresa a su país. Esa es una barra más alta que la del asilo. El Quinto Circuito confirmó en octubre de 2026 que haber sufrido persecución en el pasado no crea una presunción automática de tortura futura. La Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA, Board of Immigration Appeals) revisó la evidencia —incluyendo citaciones supuestas de los talibanes, declaraciones juradas de familiares, reportes de noticias y una declaración del sobrino de Zahid— y concluyó que no era suficiente para cumplir ese estándar. El Quinto Circuito aplicó la revisión de evidencia sustancial y no encontró razón para revertir esa decisión.

El tribunal también confirmó que el estándar de revisión correcto para las determinaciones CAT es el de evidencia sustancial, no revisión de novo. Esto lo respaldó en el precedente Urias-Orellana v. Bondi, 607 U.S. 537 (2026), donde la Corte Suprema estableció que ese estándar aplica tanto a los hechos como a la aplicación de la ley en casos de asilo y protecciones similares.

Qué hacer si estás en un proceso de remoción y buscas protección CAT

  • Reúne toda la evidencia posible sobre el riesgo de tortura específico que enfrentarías: declaraciones de testigos, reportes de organizaciones de derechos humanos, documentos oficiales y cualquier comunicación de amenaza directa.
  • Entiende la diferencia entre asilo, suspensión de remoción (withholding of removal) y protección CAT: cada una tiene requisitos distintos y no todas aplican en tu situación.
  • Si el juez de inmigración ya negó tu caso, tienes derecho a apelar ante la BIA y, si es necesario, ante la corte de apelaciones federal correspondiente. Los plazos para apelar son estrictos, así que actúa sin demora.
  • Consulta con un abogado de inmigración antes de presentar nueva evidencia: la BIA tiene criterios específicos para aceptar pruebas nuevas en apelación, y presentarlas mal puede perjudicar tu caso.

Qué hacer, paso a paso — vea nuestra guía «Apelación ante la BIA».

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Ilya Fishkin

Abogado de inmigración, 20+ años de experiencia

Fishkin Law Firm, New York

Este fallo del Quinto Circuito deja claro que sufrir persecución en el pasado no es suficiente para ganar protección CAT: hay que demostrar que la tortura futura es más probable que no. Los abogados recomiendan presentar evidencia específica y actualizada sobre las condiciones del país, no solo el historial personal del solicitante. Si su caso ya está en apelación ante la BIA o una corte federal, consulte con un abogado de inmigración para revisar qué evidencia adicional puede fortalecer su solicitud CAT.

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Preguntas frecuentes

¿Qué es la protección CAT y en qué se diferencia del asilo?

La protección CAT (Convención Contra la Tortura) protege a personas que demuestran que es más probable que no que sean torturadas si regresan a su país. El asilo requiere demostrar persecución por raza, religión, nacionalidad, opinión política o grupo social. La barra para CAT es más alta: no basta con persecución pasada, hay que probar riesgo real de tortura futura.

¿Puedo pedir protección CAT si ya me negaron el asilo?

Sí. La protección CAT es independiente del asilo y de la suspensión de remoción. Incluso si no califica para esas opciones —por ejemplo, por haber dado apoyo material a un grupo designado como terrorista— puede solicitar CAT si cumple con el estándar de prueba requerido.

¿Qué evidencia necesito para ganar una solicitud CAT?

Necesita demostrar que existe una probabilidad mayor al 50% de que sea torturado si regresa. Eso incluye: reportes de organizaciones de derechos humanos sobre condiciones en su país, declaraciones de testigos, documentos de amenazas directas y cualquier evidencia de que personas en su misma situación han sido torturadas.

¿Qué pasa si el juez de inmigración ya negó mi caso CAT?

Puede apelar ante la BIA dentro del plazo establecido (generalmente 30 días desde la decisión). Si la BIA también niega su apelación, puede llevar el caso a la corte federal de apelaciones correspondiente. Los plazos son estrictos y no se pueden extender fácilmente, así que busque asesoría legal de inmediato.

Sección:Jurisprudencia
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