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Visa EB-2 rechazada por Proclama 10998: qué pueden hacer

¿Qué pasa cuando USCIS aprueba su petición de visa de inmigrante pero el Departamento de Estado la rechaza igual? Eso es exactamente lo que le ocurrió a una familia iraní con una petición EB-2 aprobada: la Embajada de EE.UU. en Kuala Lumpur les negó la visa bajo la Proclama 10998, que suspende la entrada de nacionales iraníes. En octubre de 2026, un tribunal federal del Distrito de Columbia desestimó su demanda, dejando en claro los límites del poder judicial frente a las restricciones presidenciales de entrada.

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Visa EB-2 rechazada por Proclama 10998: qué pueden hacer

La historia: años de espera y un rechazo final

Hasan Najafi Khaboshan y Elnaz Yousefi son ciudadanos iraníes que viven en Malasia desde 2021. En agosto de 2022, él presentó un Formulario I-140 (petición de clasificación como inmigrante EB-2 con exención de interés nacional, o national interest waiver) basado en su investigación en áreas de importancia crítica para EE.UU. USCIS (Servicio de Ciudadanía e Inmigración) aprobó la petición. En febrero de 2024, la pareja asistió a una entrevista consular en la Embajada de EE.UU. en Kuala Lumpur. El oficial consular rechazó sus solicitudes bajo la Sección 221(g) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) y las colocó en "procesamiento administrativo" (administrative processing). Ahí comenzó una espera que se extendió por años sin actualizaciones sustanciales.

El 1 de enero de 2026, sin más opciones, los solicitantes presentaron una demanda pro se (sin abogado) para obligar al gobierno a tomar una decisión. Tres semanas después de que el gobierno fue notificado, la Embajada emitió cartas de rechazo formal en abril de 2026, citando la Proclama 10998 firmada por el presidente Donald J. Trump el 16 de diciembre de 2025. Esa proclama continuó la suspensión total de entrada de nacionales iraníes que una proclama anterior, la 10949, había impuesto en junio de 2025. Los rechazos indicaron que la decisión no podía apelarse y que no se otorgaría una excepción de interés nacional.

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La familia intentó reconsideración argumentando que califican como minorías étnicas y religiosas perseguidas en Irán: él es kurdo y se convirtió del islam al cristianismo —un delito capital en Irán—, y ella es musulmana sunita de la comunidad kurda de Sanandaj. El 13 de mayo de 2026, la Embajada informó que tampoco calificaban para esa excepción. La pareja añadió a su hija recién nacida, E.N.K., como demandante en una queja enmendada presentada en junio de 2026. En octubre de 2026, la jueza Sparkle L. Sooknanan del Tribunal de Distrito Federal para el Distrito de Columbia desestimó el caso. Aunque la jueza expresó simpatía por los demandantes y reconoció los daños causados por los retrasos sistémicos en el sistema de adjudicación de visas, concluyó que el tribunal no tenía jurisdicción para intervenir.

Qué significa esto para otros solicitantes de visa

Este caso ilustra un riesgo real para cualquier persona con una petición I-140 aprobada que sea nacional de un país sujeto a restricciones presidenciales de entrada bajo la Sección 212(f) de la INA. Tener una petición aprobada por USCIS no garantiza la visa consular. La Proclama 10998 aplica a nacionales iraníes que estaban fuera de EE.UU. y no tenían una visa válida el 1 de enero de 2026. Existen excepciones limitadas —como para minorías religiosas o étnicas perseguidas, o cuando el viaje sirve a un interés nacional de EE.UU.— pero la Embajada tiene amplia discreción para negarlas.

Qué hacer si su visa fue rechazada bajo una proclama presidencial

  • Verifique si usted o su familia califican para alguna de las excepciones listadas en la Proclama 10998, como ser miembro de una minoría religiosa o étnica perseguida en su país de origen. Reúna documentación sólida antes de solicitarla.
  • Consulte con un abogado de inmigración sobre si su situación permite solicitar una excepción de interés nacional (national interest exception) o si existe alguna otra vía legal disponible, como cambiar de país de residencia para salir de la jurisdicción de la proclama.
  • Si ya recibió un rechazo formal bajo la Sección 212(f), sepa que ese rechazo generalmente no puede apelarse directamente. Sin embargo, puede presentar nueva información si su situación cambia o si surge evidencia de persecución que no fue considerada.
  • Mantenga su estatus migratorio vigente en el país donde reside mientras espera. Perder ese estatus puede complicar aún más su caso.

Relacionado: nuestra guía paso a paso — «Jurisprudencia de tribunales de inmigración».

Consejo del abogado
Илья Фишкин — иммиграционный адвокат
Ilya Fishkin

Abogado de inmigración, 20+ años de experiencia

Fishkin Law Firm, New York

Cuando una petición I-140 con exención de interés nacional está aprobada pero la visa consular es rechazada bajo una proclama presidencial, el solicitante queda en un limbo legal muy difícil de resolver en tribunales, como lo demuestra este fallo. Lo más importante es documentar de inmediato cualquier base para una excepción —persecución religiosa, étnica o interés nacional— y presentarla ante la Embajada con evidencia sólida antes de que el caso quede cerrado definitivamente. Si usted está en una situación similar, consulte con un abogado de inmigración que tenga experiencia en litigios consulares y en las proclamas de la Sección 212(f).

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Preguntas frecuentes

¿Qué es la Proclama 10998 y a quién afecta?

La Proclama 10998 es una orden presidencial firmada el 16 de diciembre de 2025 que suspende la entrada a EE.UU. de nacionales iraníes. Aplica principalmente a quienes estaban fuera de EE.UU. y no tenían una visa válida el 1 de enero de 2026. Tiene excepciones limitadas, como para minorías religiosas o étnicas perseguidas en Irán.

¿Puedo apelar si mi visa fue rechazada bajo la Sección 212(f)?

En general, no. Los rechazos bajo la Sección 212(f) de la INA no son apelables directamente. Sin embargo, puede presentar nueva información ante la Embajada si su situación cambia, o solicitar que se considere una excepción específica, como la de persecución religiosa o étnica.

¿Tener una petición I-140 aprobada garantiza que me darán la visa?

No. La aprobación del I-140 por parte de USCIS es solo el primer paso. La visa consular la otorga el Departamento de Estado, y un oficial consular puede rechazarla por múltiples razones, incluyendo restricciones presidenciales de entrada como las proclamas bajo la Sección 212(f).

¿Qué es el 'procesamiento administrativo' y cuánto puede durar?

El procesamiento administrativo (administrative processing) es una etapa en la que el Departamento de Estado recopila información adicional sobre la elegibilidad del solicitante. No tiene un plazo legal definido y puede durar meses o años. Si su caso lleva más de 180 días sin resolución, un abogado puede evaluar si es viable presentar una acción legal para exigir una decisión.

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