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Jurisprudencia

Corte anula condena de venezolana por mal consejo sobre deportación

El Primer Circuito confirmó en octubre de 2026 la anulación de la condena de Mara Morillo, una mujer venezolana que se declaró culpable de cargos de drogas porque su abogado le prometió que podría «arreglar» su situación migratoria después. Esa promesa era falsa: la condena la hacía deportable de inmediato y permanentemente inadmisible. El fallo establece un precedente sobre el derecho de los inmigrantes a recibir asesoría legal correcta antes de aceptar un acuerdo de culpabilidad.

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Corte anula condena de venezolana por mal consejo sobre deportación

¿Qué pasa si su abogado le dijo que podía «arreglar» su situación migratoria después de declararse culpable, y eso resultó ser falso? Eso fue exactamente lo que le ocurrió a Mara Morillo, y en octubre de 2026 el Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito le dio la razón.

Morillo nació en Venezuela y llegó a Estados Unidos en 1996 con una visa de turista que luego venció. Años después enfrentó cargos federales por conspiración para distribuir drogas en New Hampshire, relacionados con el negocio de su entonces esposo. Su defensor público le aseguró que, si aceptaba el acuerdo de culpabilidad, cumpliría su condena y luego podría «resolver» su estatus migratorio. Morillo tenía dos hijos ciudadanos estadounidenses y llevar casi dos décadas en el país; quedarse era su prioridad absoluta. Aceptó el trato. Lo que su abogado no le explicó es que esa condena la hacía deportable de forma inmediata y permanentemente inadmisible a Estados Unidos.

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Qué resolvió el tribunal y por qué importa

Morillo cumplió 84 meses de prisión más tres años de libertad supervisada. En agosto de 2021, ya libre, recibió una notificación de orden de deportación. Convencida de que era un error, intentó contactar a su abogado original sin éxito. Después de consultar a otros abogados y reunir los fondos necesarios, contrató nueva representación legal en febrero de 2025 y presentó una petición de writ of error coram nobis —un recurso legal para personas que ya cumplieron su condena y no pueden usar otros mecanismos como el hábeas corpus— alegando que su abogado la asesoró de forma constitucionalmente deficiente, en violación de los precedentes Padilla v. Kentucky (2010) y Lee v. United States (2017).

El tribunal de distrito de New Hampshire le concedió el recurso y anuló su condena. El gobierno apeló. Los jueces Gelpí, Thompson y Dunlap del Primer Circuito confirmaron esa decisión el 16 de octubre de 2026. El tribunal concluyó que Morillo justificó su demora —no supo que era deportable hasta después de salir de prisión—, que su abogado actuó de forma deficiente al decirle que podía quedarse en el país, y que ese mal consejo la perjudicó porque tenía defensas viables y su prioridad era permanecer en Estados Unidos.

Qué hacer si usted estuvo en una situación similar

  • Si ya cumplió su condena y cree que su abogado no le explicó correctamente las consecuencias migratorias de su declaración de culpabilidad, consulte con un abogado de inmigración o de derecho penal-migratorio (crimmigration) sobre si el coram nobis aplica a su caso.
  • Reúna toda la documentación de su caso penal: el acuerdo de culpabilidad, transcripciones de audiencias y cualquier comunicación escrita con su abogado anterior.
  • Recuerde que el estándar legal exige demostrar que no habría aceptado el acuerdo si hubiera conocido las consecuencias reales, y que tenía defensas disponibles. Un abogado puede evaluar si su situación cumple esos requisitos.
  • Si ya recibió una orden de deportación (removal order), no ignore los plazos para responder ante la corte de inmigración (immigration court). Actuar tarde puede cerrar opciones legales.

Un análisis completo del tema — en nuestra guía «Apelación ante la BIA».

Consejo del abogado
Илья Фишкин — иммиграционный адвокат
Ilya Fishkin

Abogado de inmigración, 20+ años de experiencia

Fishkin Law Firm, New York

Este fallo del Primer Circuito refuerza la obligación establecida en Padilla v. Kentucky: cualquier abogado defensor debe informar claramente a su cliente inmigrante si una declaración de culpabilidad lo hace deportable. Decirle a alguien que puede «arreglar» su estatus después no cumple ese estándar. Si usted aceptó un acuerdo de culpabilidad sin recibir esa advertencia, y ya cumplió su condena, el coram nobis puede ser una vía para impugnar la condena, aunque los requisitos son estrictos. Consulte con un abogado de crimmigración para evaluar si su caso califica.

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Preguntas frecuentes

¿Qué es el writ of error coram nobis y para quién aplica?

Es un recurso legal para personas que ya cumplieron su condena penal completa —incluyendo libertad supervisada— y por eso no pueden usar el hábeas corpus. Permite impugnar una condena si hubo un error fundamental, como recibir asesoría legal incorrecta sobre las consecuencias migratorias de declararse culpable.

¿Qué pasa si mi abogado me dijo que la deportación era solo una posibilidad y no una certeza?

Según el precedente Padilla v. Kentucky, cuando la ley migratoria hace que la deportación sea una consecuencia clara y directa de una condena, el abogado tiene la obligación de decírselo explícitamente al cliente. Decir que la deportación es solo «posible» cuando en realidad es obligatoria puede considerarse asesoría deficiente.

¿Cuánto tiempo tengo para presentar un coram nobis después de cumplir mi condena?

No hay un plazo fijo, pero el tribunal exige que usted explique por qué no actuó antes. En el caso de Morillo, el tribunal aceptó que ella no supo que era deportable hasta después de salir de prisión. Cuanto más tiempo pase sin actuar una vez que conozca el problema, más difícil será justificar la demora.

Si me anulan la condena, ¿eso cancela automáticamente mi orden de deportación?

No automáticamente. Anular la condena elimina la base legal que generó la deportabilidad en ese caso, pero USCIS (Servicio de Ciudadanía e Inmigración) o el tribunal de inmigración deben procesar ese cambio. Es necesario trabajar con un abogado para actualizar su situación ante las autoridades migratorias.

Sección:Jurisprudencia
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